Los errores contables pueden salir muy caros, especialmente cuando se trata de las relaciones con la Administración. Es el caso del Suministro Inmediato de Información, que deben cumplir muchas empresas.
Afortunadamente, hoy en día contamos con herramientas que nos permiten estar al día de cuáles son los requerimientos de la Administración y presentar la información requerida de forma correcta y en el plazo marcado a través de la plataforma electrónica de la agencia.
¿Qué es el Suministro Inmediato de Información o SII?
El Suministro Inmediato de Información o SII es un sistema de gestión del IVA que se basa en la entrega digital de registros de facturación expedidos por parte de las empresas a la Agencia Tributaria.
Recibe el nombre de “suministro inmediato” porque entrega información en tiempo real relacionada con la facturación expedidas y recibidas, así como bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias. Por suministro electrónico en “tiempo real” queremos indicar, como veremos a lo largo de este artículo, un plazo muy corto de tiempo, casi de forma automática, frente a otras obligaciones en cuyo caso hay que esperar a los plazos marcados.
¿A quién afecta el SII?
El Suministro Inmediato de Información afecta a grandes empresas (empresas con una facturación superior a los 6 millones de euros), a grandes societarios de IVA, a empresas adscritas a REDEME, y a grupos de IVA, así como a todas aquellas empresas que voluntariamente deseen adscribirse mediante la sede electrónica.
¿Desde cuándo se aplica el SII?
El SII entró en vigor en el territorio europeo el 1 de julio de 2017.
¿Cómo funciona el Suministro Inmediato de Información?
Gracias a internet, el envío de información a la Agencia Tributaria es rápido y seguro. La Administración, mediante este sistema, pretende luchar contra el fraude fiscal, además de reducir el tiempo dedicado a las comprobaciones, y como consecuencia, reducir el número de notificaciones a sujetos pasivos.
El envío de la información se realiza mediante archivos XML. No se envían todos y cada uno de los campos asociados a la contabilidad, sino únicamente los que afectan al:
- Libro registro de facturas emitidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de Bienes de Inversión
- Libro registro de Operaciones intracomunitarias
Es importante señalar que no se envían las facturas digitales, sino únicamente los campos relacionados con los registros de facturación. Además, el envío de la información debe hacerse en los plazos establecidos por la Administración para surtir efecto.
¿Cuándo se presenta el SII?
Como el resto de las obligaciones relacionadas con la Administración, la entrega del Suministro Inmediato de Información tienes sus plazos que debes conocer.
Facturas emitidas
Para enviar los registros de las facturas emitidas, el plazo es de cuatro días naturales desde la fecha de emisión. A este plazo hay que añadir que las facturas expedidas por el destinatario tienen ocho días naturales.
En todo caso, habrá que presentarlo antes del día 16 del mes siguiente a aquel que se hubiera producido el devengo del impuesto.
Facturas recibidas
Para las facturas recibidas, el plazo es de cuatro días naturales desde que se registre contablemente, y, en todo caso antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en la que se haya incluido la operación.
Operaciones intracomunitarias
Para las operaciones intracomunitarias, el plazo es de cuatro días naturales desde el momento de la expedición, o en todo caso, desde que recibe la mercancía.
Bienes de inversión
Para los Bienes de inversión, el plazo es de el de la liquidación del último trimestre del año (hasta el 30 de enero).
En el periodo de cuatro días naturales, no se tienen en cuenta los sábados ni los domingos.
Calculadora de plazos SII
Si has prestado atención a la información que acabamos de mencionar, habrás detectado que es bastante confusa y compleja.
Deberás estar muy pendiente si quieres cumplir con los plazos.
Afortunadamente, tenemos la calculadora de plazos de Suministro Inmediato de Información. Se trata de una herramienta gratuita creada por la Agencia Tributaria gracias a la cual podrás conocer la fecha límite para remitir los registros.
Puedes acceder a la calculadora de plazos desde este enlace. Utilizarla es muy sencillo. Solo debes seleccionar el ejercicio para el cual deseas realizar el cálculo. Así es como funciona:
Es importante señalar que esta calculadora tiene en cuenta la resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2021.
Cómo puede ayudarte SAP Business One a cumplir con el SII
Como has podido comprobar, el sistema SII no es nada fácil si quieres estar al día de las obligaciones con la Administración. Aquellas empresas que cuenta con un ERP que realiza gran parte del trabajo de contabilidad, están un paso más cerca de poder cumplir con facilidad con el SII.
¿Cómo puede SAP Business One ayudarte en este proceso?
SAP Business One extrae los datos procedentes del ERP con la información de todas las facturas, tanto las emitidas, como las recibidas y las operaciones intracomunitarias realizadas.
Con la configuración adecuada, SAP Business One puede realizar las operaciones necesarias para crear cada uno de los registros necesarios.
Si quieres saber cómo gestionar el suministro inmediato de información en SAP Business One con la Agencia Tributaria, pincha en el enlace y encontrarás un artículo de nuestro blog en el que te contamos los pasos a seguir.
Ventajas de contar el módulo estándar de SAP Business One para el SII
Entre las ventajas de contar con el módulo estándar de SAP Business One nos encontramos:
- Es un módulo estándar, por lo tanto, está dentro de los compromisos de SAP de cubrir la funcionalidad legal en el mantenimiento de licencias o en los contratos de suscripción.
- No hay que adquirir licencias adicionales para su uso. Simplemente, hay que activar la funcionalidad si se está en una versión igual o superior a la 9.3 o migrando si se encuentra en una inferior.
- SAP entrega unos escenarios de integración predefinidos que simplifican mucho la implantación de este proceso tanto en la extracción de información como en su comunicación a la AEAT.
- Permite la comunicación directa con la Agencia Tributaria. Es rápido y eficaz, permitiendo cumplir con los plazos requeridos.
- Gráficamente, podemos ver si una factura ha sido correctamente transmitida o, en caso de error, ver el mensaje que ha reportado la AEAT.
No dejes de consultar con Artesap si necesitas más información relacionada con el Suministro Inmediato de Información, estaremos encantados de atender todas tus inquietudes.